El Certificado de Adecuación Técnica es el documento que pone fin al proceso de resultado desfavorable de la ITE. Según la normativa nacional, los edificios clasificados como “vivienda colectiva residencial” y que además tengan Más de 50 años, deberá realizar la Inspección Técnica de Obra (más conocida por sus siglas ITE). Aunque, en este sentido también cabe mencionar que cada comunidad autónoma puede establecer que esta inspección sea obligatoria para edificios con una antigüedad inferior a 50 años.
Una vez que el edificio ha sido visitado por un arquitecto para pasar la ITE, el resultado de este trámite puede ser favorable o desfavorable. Si es favorable, no debes preocuparte. ¡Se acabaron los trámites!
¿Qué pasa si el Certificado de Adecuación Técnica es desfavorable?
Por el contrario, si es desfavorable, Las obras felices llegarán durante mucho tiempo. Estas obras serán necesarias para reparar todos aquellos defectos que el arquitecto haya localizado. Estas deficiencias se reflejan en el informe de resultados del ITE.
Las obras a realizar son de dos tipos: obras sin importancia que no necesitan el diseño de ningún arquitecto, y por otro lado obras más relevantes que requieren el diseño de un arquitecto.
En el primer caso, al realizar reparaciones. No son muy relevantes (no se ven afectados los elementos estructurales del edificio), aunque no es necesario proyecto de arquitecto, sí es necesario que un arquitecto o aparejador garantice que las obras se han ejecutado correctamente y se han subsanado las posibles deficiencias. Este control es obtenido a través del Certificado de Adecuación Técnica. Una vez obtenido el recibo no tendremos más que llevarlo al Ayuntamiento y ¡listo! El edificio ahora estará en orden.
¿Qué pasa si no cumples con los requisitos?
Cuando un edificio no cumple con los requisitos de seguridad, higiene o ornamentación y decoración pública establecidos por la normativa vigente, se produce el segundo supuesto. En este escenario el arquitecto jugará un papel importante en este trámite y Los propietarios serán los responsables de garantizar estas reparaciones.
En este caso, los propietarios deberán solicitar la elaboración de un proyecto guiado por la dirección técnica de un arquitecto. Una vez finalizadas las obras, el mismo arquitecto que realizó las obras deberá redactar un Acta Final de Obra. Esta prueba verifica que Todos los trabajos se realizaron siguiendo un proyecto y que se completó exitosamente. Certificado que acredite que se han subsanado todas las deficiencias y defectos de la ITE con resultado desfavorable para el edificio y que dé lugar al archivo de la ITE desfavorable.
Datos del Certificado de Adecuación Técnica
Para conocer un poco más sobre este certificado y en qué consiste, a continuación te explicamos los diferentes datos que refleja este certificado:
1-Datos correspondientes al edificio: Este apartado nos informa de la ubicación exacta del inmueble. Es decir, la dirección y año de construcción.
2-Datos correspondientes al técnico: Aquí aparecerán los datos personales del arquitecto verificando los trabajos de reparación, titulación, colegio profesional al que está afiliado y su número de colegiado.
3-Declaración de certificación: En este apartado del Certificado de Adecuación Técnica se indica cuándo se terminaron las obras, quién se encargó de ellas y el número de expediente. Además, este apartado certifica que los defectos han sido debidamente subsanados mediante las obras correspondientes y cuando se presentan al municipio.
Una vez en el ayuntamiento, el expediente de la ITE Permanece registrado hasta el próximo control técnico. El período de validez del certificado suele ser de unos 10 años. Aunque si el edificio tiene más de 50 años, este plazo se reduce a 5 años.






